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Waivers y Perdones

Un waiver es un perdón: le pide al gobierno que pase por alto un motivo que haría inadmisible a la persona. No se concede por compasión general — se concede sobre una demostración muy concreta, y ahí está todo el trabajo.

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Los dos más comunes

I-601A, perdón provisional por presencia ilegal. Se pide desde dentro de Estados Unidos, antes de salir al proceso consular. Su ventaja es enorme: la persona sabe que el perdón está aprobado antes de arriesgarse a salir del país.

I-601, exención general. Cubre más motivos —fraude o falsa representación, ciertos antecedentes penales, algunos motivos de salud— y suele presentarse desde fuera del país.

La dificultad extrema es el centro de todo

La mayoría de estos perdones exige demostrar que negarlos causaría dificultad extrema a un familiar calificado —normalmente cónyuge o padre ciudadano o residente—. Fíjese en algo que mucha gente no sabe: la dificultad que importa es la del familiar, no la del solicitante.

Y «extrema» significa más que la separación normal de una familia. Hay que mostrar que las consecuencias van más allá de lo que cualquiera sufriría en la misma situación.

Qué sostiene un waiver fuerte

Cómo lo trabajamos

Un waiver no es un formulario con cartas adjuntas: es un expediente argumentado, donde cada documento está ahí porque prueba algo concreto. Se arma con tiempo, y la diferencia entre uno aprobado y uno negado suele estar en la calidad de esa prueba, no en la gravedad del caso.

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